Conoce los beneficios para sociedades de emprendimiento en Panamá
- Heidi Pereira
- 26 jun 2021
- 3 Min. de lectura

Sigue avanzando positivamente los procesos que permitirá que la Ley 186 del 2 de diciembre denominada Ley de Emprendimiento, impulsada por el diputado independiente Raúl Fernández en la Asamblea Nacional de Panamá, se comience a ejecutar a finales de este año o principios de 2022.
Es por eso que quiero compartirte algunos detalles sobre los beneficios, pues el algo que todo emprendedor quiere saber y aquí te los voy a desmesurar :
1.- Formalidad: Podrás tener una empresa registrada con tus socios a un valor de $200 y para hacerlo sólo necesitarás descargar el formato que estará disponible en la plataforma digital que aún está por anunciarse. Haz de cuenta que hoy hacer esto te constaría unos $2000, por lo que se pretende que este proceso sea más accesible para micro y pequeños empresarios que están comenzando y su presupuesto no es tan alto.
2.- Tasa Única: En la actualidad tener una empresa registrada implica el pago de una Taza Única, que puede costar de $200 en adelante. Sin embargo, con esta Ley, la figura de sociedad de emprendimiento no tiene que pagar una tasa única anual.
3.- Impresora Fiscal: A este tipo de sociedades no se les obligara el uso de una impresora fiscal. A cambio, utilizará la facturación digital.
4.- Exoneración del impuesto sobre la renta: Se mantiene el beneficio de no pagar impuesto durante los dos primeros años contados a partir del registro de la sociedad. Si ya recibiste este beneficio hace 3 ó 2 años, porque inscribiste tu empresa en el Registro Empresarial de AMPYME, probablemente deberás esperar una respuesta por parte de las autoridades competentes.
5.- Rebajas en aranceles de importación: Se espera que el Ejecutivo Nacional establezca un reglamento que permita a las sociedades de emprendimiento que tengan rebajas de hasta un 50% en los aranceles de importación de insumos y materia prima que utilizan para crear productos, o necesarios para sus servicios, o para procesos innovadores.
6.- Donaciones: Increíblemente con esta ley se permite entregar donaciones de hasta $10,000 por persona y año fiscal. Esto reducirá la especulación y tabúes que ha limitado a muchos empresarios a extender su solidaridad con los emprendedores. Esta acción será impulsada con el beneficio deducible del impuesto sobre la renta al donante.
7.- Sanción a los morosos: Si el Estado contrata los productos o servicios de estas sociedades, el pago deberá hacerse en un término no mayor de 30 días calendario. En caso de retraso, está obligado a cancelar 1% de interés por cada mes de retraso sobre el monto de la factura. También aplica para las empresas privadas.
8.- Ventanilla Única: La promesa es que todo trámite para las sociedades de emprendimiento se podrá gestionar a través de una sola plataforma, por lo que los procesos engorrosos de ir a cada entidad para cumplir con nuestros compromisos dejará de ser "un dolor de cabeza".
Finalmente, nunca falta un final feliz sin tener sus excepciones, pues esta historia termina como la de Cenicienta, con fecha de expiración. Así que debes tener en cuenta que transcurridos los dos primeros años a partir de su inscripción, dejarás de gozar de varios beneficios, tales como: la excepción de pago de tasa única anual, el impuesto sobre la renta, y el uso de impresora fiscal no serán aplicados.
Pero no te preocupes, estoy seguro que para ese momento ya tendrás un negocio próspero y podrás pasar a un siguiente nivel. Si quieres conocer más tips sobre emprendimiento, recuerda suscribirte a nuestra web GRATIS para que recibas en tu correo noticias, postulaciones, programaciones y artículos sobre el ámbito empresarial que te ayudarán a crecer.
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Heidi Pereira
Periodista de Emprendimiento
Speaker-motivadora-conferencista
Conductora del programa radial "Martes de Emprendimiento"
Soy impulsadora de un movimiento mundial de Economía Colaborativa, porque estoy convencida de que "juntos llegaremos muy lejos"
Tlf: +507-6448-6802
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